martes, 22 de mayo de 2012

M.V.T denuncia la política continuista que realiza el grupo de gobierno en Tazacorte



Desde el partido político, Movimiento Vecinal por Tazacorte (M.V.T), de carácter social y vecinal,  a través de su portavoz José Antonio González Pérez, denuncian públicamente  “ las políticas continuistas en la  gestión municipal, las cuales ya sentaron un precedente en anterior gobierno local, con una política clientelar” teniendo en cuenta que, éste grupo, PSC-PP sólo  lleva un año de legislatura al mando del Ayuntamiento en Villa y Puerto de Tazacorte. 

 Por ello, González  emite  un juicio de valor sobre el grupo de gobierno actual, por las formas de gestionar los intereses de los vecinos y “la prepotencia hacia los demás partidos de la oposición, aplicando la técnica del rodillo” y así, bloqueando sistemáticamente todas las  propuestas que han quedado en saco roto y las  alegaciones que se han presentado, además obstaculizan algunas solicitudes  de documentos públicos a otras formaciones políticas. Al tiempo “le sugieren, más bien, le exigen que cumpla las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local,” a través de las cuales el vecino/a tiene derecho a participar activamente en la vida pública, presentando propuestas e iniciativas el vecino estará en sintonía y a su vez  informado de la gestión local, materializándose   la transparencia en la gestión pública. Aclarar que, desde la primera reunión que mantuvimos en noviembre de 2011 con varios concejales y la Alcaldesa, no han contado con nosotros hasta el día de la fecha.

En este sentido, afirma su portavoz José Antonio González que, ambos  partidos de la oposición sin representación en plenos, “hemos sido denostados  al ostracismo político por el grupo de gobierno PSC-PP”. Por un lado, el M.V.T  por sus alegaciones a los presupuestos del 2012, donde dicho documento fue presentado en el regristo de entrada del Ayuntamiento y  más tarde fueron desestimados, aunque las alegaciones fueron apoyadas por la oposición con representación en intento de adjudicárselas como propias, cuestiones estratégicas que no compartimos.  Otra formación política solicitó copia de varias sesiones de plenos, teniendo por respuesta la negación de las actas plenarias, según el Ayuntamiento por un error de fechas. Una vez más se están vulnerando las Disposiciones legales de Régimen Local.

En este sentido, el Grupo de Gobierno Local está manteniendo una  actitud negligente, tratando de  obstaculizar el acceso a documentos de carácter público y para mayor INRI sobre otras fuerzas política que defiende el interés general del Municipio.” Es evidente que, es una actitud continuista, excluyente hacia los partidos minoritarios” y muy conocida en la vida política  bagañeta”. Errando en las mismas formas de hacer política local, afirma González.

 Consideramos que, el grupo de gobierno actual, con Dª Carmen Acosta, Alcaldesa de Villa y Puerto de Tazacorte podrían mejorar su gestión política y sobre todo, la política social de la cual está representada por su concejalita de bienestar social, ésta la ostenta la Alcaldesa, y en este sentido le pedimos que” realice una política de cercanía a los vecinos, formulando los concejos de barrios o bien hacer asambleas vecinales mas a menudo”.   

González, en un ejercicio democrático enumeró varias Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, (por si el PSC-PP. se han olvidado  de las normas vigentes), éstas son herramientas y mecanismos  democráticos cuyo objetivo es  canalizar las inquietudes, opiniones, iniciativas etc. desde los vecinos hacia la clase política y viceversa; ejerciendo un derecho constitucional el M.V.T. exigen que se acaten las normativas legales y así, cumplir con  la trasparencia en la gestión Municipal y dando lugar a la participación ciudadana conjuntamente con el Grupo de Gobierno en Tazacorte.    

Varias Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local.

1.     LMMGL, Ley 57/ 2003, de 16 de diciembre, de Medidas Modernización del Gobierno Local.

- La Organización Municipal.
La LMMGL establece en primer lugar, un cambio de denominación en la Comisión de Gobierno, que se pasará a llamarse Junta de Gobierno Local. Ésta existirá en todos los municipio con población de más de 5.000 Habitantes. Todos los grupos políticos integrantes de la corporación tendrán derecho a participar en dichos órganos en proporción a sus concejales electos.

- La Participación Ciudadana.
Podemos entender la participación ciudadana como una parte esencial de nuestro configurado estado social y democrático de derecho  (11. CE). “En este sentido, es necesario el dialogo entre instituciones políticas y la sociedad civil que permitan apoyar desde lo gobiernos locales una revitalización del interés y la participación en los asuntos públicos locales”
La reforma se concreta en añadir un nuevo artículo, el 70 bis, al capitulo IV de la Ley 7/85 con el siguiente contenido.
-  Todos los Ayuntamientos deberán establecer en sus Reglamentos Orgánicos o en otras normas orgánicas, cauces, procedimientos adecuados para lograr una efectiva participación ciudadana en la actividad municipal.
-  Se regula por primera vez a nivel legal, la iniciativa popular en el ámbito municipal. Este derecho se reconoce a los vecinos que sean titulares del sufragio universal y tiene por objeto la posibilidad de presentar propuestas, proyectos a nivel municipal. Formalmente, para que la iniciativa pueda ser debatida, se exige que la misma sea suscrita por un determinado porcentaje de vecinos con derecho a sufragio activo, que se concreta en función de de la población municipal.
En el caso de Villa y Puerto de Tazacorte será un 15% de vecinos, ya que rebasamos los 5.000 habitantes.

2.     La  LRJRAC Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias; reconoce en el artículo 156 d) el derecho de todo ciudadano a acudir a las sesiones del Pleno municipal, así como a cualquier otro órgano cuyas sesiones sean públicas. El artículo160del mismo texto establece lo siguiente en referencia a su participación en el Pleno.

-         Formas de participación  de los ciudadanos en el Pleno.
1.     Derecho a proponer un tema para incluir en el orden del día.
2.     Posibilidad de expresar por escrito la opinión de una entidad sobre la materia incluida  en el orden del día, para su lectura por la Concejalía correspondiente.
3.     Petición por escrito de intervención oral en algún tema del orden del día.
4.     Intervención al terminar la sesión al objeto de expresar opinión sobre temas tratados en el mismo.
El desarrollo de este derecho se llevará a cabo por medio de un reglamento municipal.

Afirma González que, teniendo en cuenta en su caso las diferentes normativas legislativas que regulan las bases de régimen local, tal y como se han  expuesto aquí y, una vez materializadas, el desarrollo de la democracia iría estrechamente ligado también al desarrollo de estas formas y procedimientos de participación popular. Existe una necesidad de dialogo entre instituciones políticas y la sociedad civil que permita detectar lo problemas y aportaciones soluciones a los vecinos de Villa y puerto de Tazacorte.

                         Fdo.- Vicecoordinador General
Lecturas: counter

0 comentarios:

Publicar un comentario